lunes, julio 24, 2006

¿QUE SON LAS NORMAS?

Las normas engendran un mundo de objetos. Entre ellos descuellan objetos ideales y las materializaciones.

Las normas emplean un gran número de conceptos. Estos conceptos funcionan como categorías constitutivos de su captación, o sea, su empleo es necesario para comprender con exactitud la manera de ser y el funcionamiento del orden de repartos.

Pero las normas dan lugar también a creaciones materiales a cuyo efecto transforman entes reales en entes jurídicos. Estas materializaciones son personales o reales. En el primer aspecto las normas dan lugar a diferentes tipos humanos dedicados a su funcionamiento. En el segundo aspecto, las normas producen cosas y organismos especialmente dedicados al servicio jurídico.

El estudio del Derecho implica también una especialización del mismo. Los Estudiantes de Derecho y los actuantes del mismo (Legisladores, Juristas, Jueces, El Estado, La Sociedad Civil) deben conocer las clases y tipos de derechos de los cuales son susceptibles. Cada rama del saber tiene una correlación con el Derecho y esto a su vez es objeto de estudio.

NORMA

La palabra norma suele usarse en dos sentidos:

uno amplio y otro estricto: lato sensu aplicase a toda regla de comportamiento, obligatoria o no; stricto sensu corresponde a la que impone deberes o confiere de regla técnicas. A las que tienen carácter obligatorio o son distributivas de facultades les damos el nombre de normas. Éstas imponen deberes o conceden derechos, mientras los juicios enunciativos se refieren siempre como su denominación lo indica, a lo que es.

Las reglas prácticas de cumplimiento potestativo prescriben determinados medios, con vista a la realización de ciertos fines. Si digo, por ejemplo, que para ir de un punto a otro por el camino más corto es necesario seguir la línea recta, formularé una regla técnica. Si afirmo "deberes honrar a tus padres", expresaré una norma.

Los juicios enunciativos divídense en verdaderos y falsos. En relación con las normas no se habla de verdad o falsedad, sino de validez o invalidez.

Las verdades expresadas por aquéllos pueden ser contingentes o necesarias. Vérites de fait llamaba Leibniz a las primeras.

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